El recibo del seguro hay que seguir llevándolo

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La Dirección General de Tráfico (DGT) recomienda a los conductores llevar el justificante del pago del seguro obligatorio junto con el resto de los documentos del vehículo, a pesar de que dejó de ser obligatorio el pasado lunes, con la entrada en vigor del nuevo Reglamento del Seguro de automóvil.

A través de esta nueva normativa se suprime la denuncia a los conductores por no llevar el justificante de pago del seguro, ya que los Agentes de Tráfico comprobarán telemáticamente si éste está en vigor siguiendo los principios recogidos en el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

A partir de ahora los agentes constatarán la vigencia de este documento mediante la consulta del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) , por lo que en caso de que se verifique la tenencia y vigencia del seguro, se dará por acreditado el pago y no se exigirá al conductor ningún justificante.

No obstante, en las ocasiones en las que no conste la vigencia del seguro o no sea posible realizar la consulta en el Registro de Vehículos Asegurados, el agente sí podrá solicitar al conductor el recibo o justificante del pago del seguro.

De no acreditarse, el conductor recibirá un expediente de denuncia y se le indicará que en el plazo de cinco días debe presentar el justificante de pago del seguro en la Jefatura de Tráfico, ya que en caso de no hacerlo se precintaría el vehículo.

En 2007, se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar, en el momento requerido por el agente, este documento, con un importe de 60 euros. La circulación de vehículos sin seguro obligatorio se sanciona con multas de 1.000 euros para los ciclomotores, 1.250 euros para las motocicletas, 1.500 euros para los turismos y 2.600 euros para los vehículos pesados, además de la retirada de cuatro puntos del carnet de conducir.