¿Te libras por la amnistía de la DGT?

La DGT y el Servei Català Trànsit (SCT) tendrán que dejar de quitar puntos o suspender temporalmente el carné de conducir en alrededor de 540.000 expedientes de pérdida de puntos o suspensión del carné en tramitación, debido a la ‘amnistía’ que figura en la parte de la nueva Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial que entró en vigor el pasado 25 de noviembre.

La norma establece que los conductores que hayan recurrido multas por infracciones que, según la nueva Ley de Tráfico, ya no restan puntos –se reduce el número de este tipo de infracciones de 27 a 20–, no verán mermado su saldo de puntos, aunque tendrán que pagar la multa económica. En total, de 110.000 y 115.000 expedientes de pérdida de puntos del territorio competencia de la DGT se verán afectados por este motivo, según ha confirmado Tráfico.

Además, los conductores castigados con la suspensión cautelar de su permiso y hayan recurrido, tampoco tendrán que dejar de conducir, siempre y cuando no hayan agotado su saldo. Así, entre 50.000 y 70.000 denuncias de suspensión temporal del carné no se ejecutarán y los conductores afectados se verán librados de cumplir este castigo, aunque sí perderán puntos del carné y tendrán que pagar la multa económica que corresponda a la infracción que hayan cometido.

A estas cifras hay que sumar las multas de pérdida de puntos impuestas por los ayuntamientos, ya que, por ejemplo, aparcar en el carril bus deja de resta puntos del carné, y los expedientes que hayan iniciado las comunidades autónomas que tiene transferidas las competencias del tráfico, País Vasco y Cataluña.
Casi 380.000 expedientes en Cataluña

En este sentido, fuentes del Servicio Catalán de Tráfico han indicado que cerca de 379.583 expedientes serán archivados en Cataluña como consecuencia de la entrada en vigor de parte de la ley, 345.489 de los cuales son multas por velocidad. Estas cifras incluyen tanto las infracciones que dejan de restar puntos, como las suspensiones temporales que no se van a ejecutar y las infracciones que restan, en la nueva ley, menos puntos.

Especial implicación tiene la nueva ley en Cataluña. Allí, en algunas autovías de circulación existen límites de 80 kilómetros por hora. Pues bien, la nueva normativa establece que sólo se retirarán puntos a partir de los 130 kilómetros por hora, por lo que a partir del 25 de noviembre los conductores que en estos tramos de autopistas superen los 80 kilómetros hora ya no perderán puntos. Igualmente, los expedientes en tramitación por esta sanción se archivarán.

La mayor parte de la norma entrará en vigor dentro de seis meses, cuando se empezará a aplicar el descuento del 50 por ciento por pronto pago, se reducirán los tiempos para pagar una multa o empezarán a funcionar las nuevas sanciones, como la de utilizar inhibidores de radar o manipular la matrícula para que no se vea, ambas multadas con 6 puntos y 6.000 euros.

Mientras, dentro de un año entrará en vigor los aspectos relacionados con la administración electrónica, como la posibilidad de recibir las notificaciones de multas por correo electrónico –obligatorio para las empresas y voluntario para las personas físicas– o el Tablón Edictal de Tráfico, la página web donde se publicarán las infracciones cometidas por los conductores, a diferencia de lo que ocurre ahora, que se publican en los boletines oficiales de la provincia donde se cometió la infracción.