Coches sin seguro: pocas inmovilizaciones

La DGT ha remitido a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil una nota interna en la que recomienda a los agentes que sólo apliquen la medida de inmovilizar un vehículo que circula sin seguro en carretera en casos ‘muy excepcionales’, como el quebrantamiento de un precinto previamente acordado.

La inmovilización sólo está prevista para aquellos vehículos que carecen de seguro pero no para los que, aún estando asegurados, circulan sin justificante del pago, circunstancia que ya no es motivo de sanción.

La circular de la Dirección General de Tráfico responde a una consulta previa de la Guardia Civil que había alertado de las posibles contradicciones entre la nueva Ley de Tráfico y la normativa vigente de la DGT.

La nueva Ley de Tráfico, que ha entrado en vigor el pasado mes de mayo, concede a los agentes la potestad de inmovilizar aquel vehículo que circule sin seguro en vigor, mientras que la instrucciones internas de la DGT reservan esta medida al Jefe Provincial de Tráfico o al órgano competente de la Comunidad Autónoma.

A ello se suma lo dispuesto en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que contempla el depósito o precinto cautelar del vehículo ‘mientras no sea concertado el seguro’

En su nota, la DGT reconoce que los agentes pueden acordar la inmovilización de un vehículo que circula sin seguro aunque advierte de que debe ser una medida ‘siempre excepcional, que requiere de una utilización ponderada y prudente en función de las circunstancias que concurran en cada caso’.

‘Esta previsión legal representa la garantía última de cumplimiento de la obligación y aconseja que se reserve la medida de inmovilización del vehículo en carretera para supuestos muy excepcionales, como podría ser el de quebrantamiento del precinto o depósito previamente acordado’, subraya la nota firmada por el director general de Tráfico, Pere Navarro.