Declarar las ayudas del Plan 2000E, ilegal

La organización de defensa del automovilista Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) considera ilegal gravar fiscalmente el Plan 2000E, dado que al consumidor no se le había ofrecido una información completa y veraz de los costes fiscales que esta operación de compra iba a acarrear.

El CEA recuerda que, ante la actual situación de inestabilidad económica, el Gobierno aprobó para ‘el estímulo de la economía y el empleo’ el llamado Plan E, que incluye diversas medidas encaminadas a impulsar la economía.

Entre dichas medidas el 22 de mayo de 2009 se publicó un Real Decreto que regulaba la concesión directa de subvenciones para la compra de vehículos, bajo el denominado Plan 2000E, que tenía por objeto incentivar la adquisición de vehículos, mantener el empleo en el sector de la automoción y estimular la sustitución de vehículos antiguos por otros menos contaminantes.

‘Bajo esta brillante declaración de intenciones’ se ha regulado una ayuda de 2.000 euros para los compradores que ha producido un notable incremento en la venta de vehículo, lo que se ha traducido en una fuerte producción de ingresos extras para la Administración a través del impuesto de matriculación, el IVA, tasas de transferencia e incluso, con posterioridad a la venta, a través del impuesto sobre los carburantes y el impuesto de vehículos de tracción mecánica.

Además de estos gravámenes, añade el CEA, la Agencia Tributaria ha anunciado recientemente que los beneficiarios de las ayudas mencionadas en 2009 tendrán que declarar y tributar por las mismas como incrementos patrimoniales en la declaración de la renta (exceptuando las Diputaciones de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya que han decidido que las ayudas del Plan 2000E no se verán reflejadas en el IRPF).

Ello ha indignado a los conductores afectados y ya algunas asociaciones han presentado a la Agencia Tributaria propuestas para que se replantee el tratamiento fiscal de las ayudas públicas del Plan 2000E. El CEA opina que no se ha ofrecido al consumidor una información completa y veraz, y por ello considera improcedente gravar fiscalmente de esta manera una medida que había conseguido los frutos esperados en el sector automovilístico.

No se ha ofrecido al consumidor una información completa y veraz de los costes fiscales que la operación de compra iba a acarrear, y ‘así, nos encontramos con conductores, que si bien se hallaban exentos de presentar declaración por obtener rentas inferiores a la cuantía establecida en la ley, sin embargo ahora, por la ayuda recibida, deberán hacer declaración y tributar en el IRPF’.

Si jurídicamente siempre se ha pretendido defender al consumidor ante los abusos producidos por determinadas compañías y entidades, que en sus contratos omitían o establecían en letra pequeña y con vocabulario ininteligible las cláusulas perjudiciales, ‘no entendemos que la propia Administración haya utilizado la práctica de la omisión y el silencio para obtener un beneficio propio’.

El CEA espera que la Administración dicte alguna medida que devuelva a los automovilistas la confianza en los poderes públicos y en su capacidad para ir suavizando los efectos de la crisis económica, sin perjudicar más fiscalmente al automóvil y al conductor.