La subida del IVA no afectará a los anticipos de coches pagados antes de septiembre

Los anticipos y señales por la compra de un vehículo que se paguen antes del próximo día 1 de septiembre no se verán afectados por la subida del IVA, aún cuando la entrega del vehículo se retrase más allá de esa fecha. De este modo, el alza impositiva tan sólo afectará al importe que falte por pagar en el momento en que se reciba el coche, según recordó hoy la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor (GANVAM).

Esta circunstancia, que puede llevar a que una parte del pago se grave con el 18% actual y otra con el 21% que entrará en vigor próximamente, se debe a que por Ley ha de aplicarse el IVA vigente en el momento de devengo del impuesto, es decir, cuando se entregue el producto, se preste el servicio, o bien se realice un pago anticipado por el importe correspondiente a la parte del precio que se satisfaga en el mismo.

De igual modo, existe la posibilidad de que se entregue el vehículo y se expida la factura en un momento posterior a la entrega. En este caso, el devengo del impuesto se produce con la puesta a disposición del coche independientemente de cuándo se expida el recibo que, con carácter general, debe emitirse en el momento de la entrega del dinero.

Sin embargo, si el comprador es un empresario o profesional, la factura puede emitirse en el plazo de un mes desde la puesta a disposición del vehículo. Si en este tiempo que media entre la entrega del coche y la emisión del ticket ha cambiado el tipo del IVA, el recibo por una venta o pago anterior se emitirá con el tipo aplicable en el momento del devengo. Así, si el vehículo se entrega en agosto pero el pago y la factura se realizan en septiembre, el IVA será del 18%.

Los minusválidos, por su parte, no se verán afectados por la subida impositiva, por lo que en el momento de adquirir un nuevo vehículo mantendrán su actual tipo superreducido del 4% independientemente de la fecha de compra.

Preparar los presupuestos
También el área de posventa se verá afectada por el alza del IVA: en su caso, el devengo se produce cuando el coche ya está reparado y es devuelto al cliente, aplicándose el tipo vigente en ese momento. Por ejemplo, si se deja un vehículo a reparar en agosto pero se recoge en septiembre, se aplicará un tipo del 21%.

Dado que según la normativa todos los presupuestos han de tener una validez mínima de doce días, aquellos que se entreguen a partir de hoy podrán dar lugar a reparaciones finalizadas después del 1 de septiembre, en las que se ya haría efectiva la subida.

Sin embargo, en los presupuestos que no desglosen el IVA (por ejemplo, los que proporcionan un importe total con “impuestos incluidos”), el cliente tendrá derecho a pagar la cantidad indicada independientemente de que el tipo haya cambiado, siendo el propio taller quien deberá asumir la diferencia. En cambio, si aparece indicado que el IVA aplicado era del 18%, podrá efectuarse la rectificación sin problemas.

El presidente de Ganvam, Juan Antonio Sánchez Torres, destacó a concesionarios y talleres la importancia de conocer bien la legislación vigente para evitar “omisiones o descuidos que puedan traducirse en un gasto adicional, algo que vendría a sumarse a la previsible caída de la demanda que traerá consigo esta nueva subida del IVA”.