En los países del norte de Europa, Estados Unidos de América y Canadá, beber antes de conducir, constituye una falta tan grave, que el sólo hecho de ser detenido por esta causa, produce auténtico temor entre los conductores.

En España, la ley es relativamente permisiva si tenemos en cuenta que las consecuencias que pueden derivarse de una actitud tan irresponsable, no afectan solamente el conductor que desprecia la prohibición; su imprudencia atenta contra la propia sociedad y, en muchas ocasiones, contra la seguridad de otros usuarios inocentes.

En anterior director general de la DGT, Pere Navarro, dejó bien sentado, por mucho que nos pese, que ante el temor a la multa o la pérdida de carné, los conductores hemos acabado por palparnos la ropa antes de cometer ciertas infracciones.

image

El ministro de Interior acaba de presentar un proyecto de ley en el que, entre otras medidas, se quiere aumentar las cuantías de las multas en un cien por cien (de quinientos, a mil euros) para aquellos conductores que sean sancionados por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas. Al mismo tiempo anunció que los ciclistas en general, que ahora están obligados a usar el casco sólo en vías interurbanas, con la nueva norma se obliga a los jóvenes menores de edad a llevarlo también en ciudad.

Es de suponer el revuelo y las críticas que estas medidas van a suscitar entre los afectados. Ya algunas asociaciones defensoras de los intereses de los conductores, han puesto el grito en el cielo. Algo que, por otra parte, siempre se ha producido cuando una nueva ley amenaza nuestros bolsillos o se considera desproporcionada o innecesaria.

Desde mi punto de vista, como persona implicada en la seguridad vial desde hace muchos años, siendo consciente de las críticas que seguramente voy a recibir, creo que cualquier medida que signifique reducir los riesgos potenciales y las fatales consecuencias de los accidentes de tráfico, siempre me parecerá un acierto si su ejecución, en la práctica, no conculca los derechos de los sancionados y su posible defensa,

No cabe duda que mil euros de multa para un conductor con limitados ingresos, puede parecer una barbaridad, pero estoy completamente seguro que estas personas difícilmente volverán a reincidir. Mucho más preocupante me parece que, ciertos individuos, para los que esa cantidad se limita a darle instrucciones a su secretaria o a su gestor para que paguen, salvo que la sanción lleve consigo la pérdida del carné, nada les va a impedir caer en la misma falta en más de una ocasión.

Y me atrevo a más: en estos casos, como ya se hace en otros países del norte de Europa, la cuantía de la multa debería fijarse en función de la fortuna personal del sancionado en cuestión.

image

Otra exigencia que la ley debe establecer, con independencia de las consecuencias penales, son las cuantías de las indemnizaciones a las personas afectadas cuando se producen minusvalías o muerte, por causa probada del infractor.

En lo que también creo que la ley que se propone se queda corta, es la de la obligatoriedad de llevar el casco a la totalidad de los ciclistas en ciudad y carretera

Un golpe en la cabeza por causa de una caída o colisión con un automóvil, no establece ninguna diferencia entre el cráneo o las piernas de un joven y un ciclista mayor de edad.

En ciudades como París, son miles los usuarios que se desplazan por la ciudad con bicicletas de alquiler que pueden encontrarse en muchos puntos de la ciudad. Allí el casco no es obligatorio, pero existen numerosas vías habilitadas para circular en bicicleta y, donde no las hay, los conductores de automóviles son especialmente cuidadosos con la circulación en dos ruedas, Evidentemente, no sucede los mismo en nuestros pueblos y ciudades.

Aun recuerdo los esfuerzos y la insistencia con la que se consiguió que, sobre todo los más jóvenes y muchos motoristas incrédulos, se pusieran el casco en ciudad y carretera.

Paco Costas