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Las autocaravanas y su derecho a aparcar |
Por Paco Costas - 04/12/2007 |
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Cuando esta semana se cumple treinta años de la Constitución que nos dimos la mayoría de los españoles, todavía algunos ediles, reyes de taifas, se creen en el derecho a imponer sus leyes, en este caso al aparcamiento de la autocaravanas, sin razón alguna.
Señores alcaldes de centenares de pueblos grandes y pequeños de esta España nuestra, ya deberían saber que las autocaravanas, al matricularse, como cualquier otro vehículo a motor, pagan sus impuestos- por cierto, excesivos en mi opinión- y, entre ellos, el de circulación, válido para todo el territorio nacional.
No existe por tanto razón legal alguna que permita que, en nombre de ningún múnicipe del color político que sea, se envíe a un guardia a despertar a un ciudadano libre a las cinco de la mañana para obligarle a abandonar el lugar en que está aparcado( y no acampado), si el lugar en cuestión es un aparcamiento libre y el vehículo no impide en ningún modo la circulación o la dificulta de ninguna forma.
Si no se da esta circunstancia, el ocupante o los ocupantes de una autocaravana, pueden decidir pasar la noche en donde les de la real gana. ¿Desalojaría este mismo guardia a un conductor que, por que ha tomado copas o por que simplemente se siente cansado, decide dormir en el vehículo de su propiedad, correctamente aparcado?
Queridos seguidores de estas páginas, les voy a decir lo que haría yo si me viera en ese caso y, me gustaría, que si lo mismo les ocurre a alguno de ustedes, siguieran mis consejos en la seguridad de que, a las malas, les asiste todo el derecho.
En primer lugar, si “la intervención” se produce a altas horas de la madrugada, lo primero es afearle al agente, con la mayor educación posible, su falta de consideración, salvo que la “intervención” tenga algo que ver con algún hecho delictivo o con la búsqueda de un delincuente( que no suele ser el caso de ningún autocaravanista).
A continuación, si el agente le “conmina” a “levantar el vuelo” en virtud de que no se sabe normas del Ayuntamiento de la localidad, lo primero, aunque el dicho agente no se la solicite, le enseña usted la documentación del vehículo, su DNI si llega el caso, pero, sobre todo le muestra usted el permiso de circulación en virtud del cual usted está perfectamente autorizado a circular por todo el territorio nacional y, por supuesto, a aparcar, siempre que no saque usted todo lo que se necesita para hacer una barbacoa o dormir en una tumbona al aire libre o con el toldo bajado.
Si el agente insiste, siempre sin levantar la voz y haciendo uso de sus mejores modales, le pide usted su número de placa( no tenemos derecho a pedir el nombre ), a lo cual él no puede negarse, y, a continuación, con su mejor sonrisa, le comunica usted su voluntad de acudir de forma inmediata al cuartel de la Guardia Civil o al Juzgado de guardia más próximo( si es muy tarde, no importa hacerlo al día siguiente, y si tiene testigos o fotos de otros vehículos aparcados en el mismo sitio que usted, mejor ) para denunciarle por amenazas si ha manifestado su deseo de multarle, y por prevaricación si le obliga a marcharse con abuso de su autoridad. No denuncie nunca al alcalde o al ayuntamiento, hágalo sólo sobre el agente ya verá como éste acaba sin saber que hacer. Pero Recuerde, siempre con la mayor educación y sin alzar en ningún momento la voz.
POSDATA: Más les valdría a miles de agentes y ayuntamientos de España estar un poco más atentos a los vehículos de reparto de mercancías que aparcan donde les da la gana: en las esquinas, en doble fila y a cualquier hora del día o de la noche delante de las narices de la policía municipal que, además, permite que circulen a velocidades que no se corresponden con las más mínimas normas de seguridad vial.
Ya sabe ¡ No se achante! Le asiste el derecho.
Paco Costas
José Miguel Rodríguez Santos: Gracias, Paco, por tu claridad en l aexposición. Efectivamente ya he tenido esa experiencia y no supe resolverlo como propones. Sin embargo, me gustaría saber si existe una normativa clara que podamos lelvar encima para demostrar nuestro derecho a aparacar, que no acampar, en cualquier lugar de este país siempre que se cumplan unas reglas mínimias de no molestar ni de infringir alguna normativa específica. Por cierto ¿tienen competencias los ayuntamientos para establecer normas de aparcamiento específicas para autocaravanas porque en otros paises he visto en ocasiones que el acceso de autocaravanas a determinados lugares está prohibido y no es por problemas de espacio?.
Muchas gracias de nuevo |
giorgio pili: antes que nada ,felicidades por la pagina web y el blog ,esta muy bien organizado y digamos elegante,con estilo proprio y claro ,como operadores del sector y distribuidores ,ademas que usuarios de autocaravana, estoy tolamente de acuerdo,y añadir que hay muchas autocaravanas que visitan campings,la verdad es que las normativas en muchos ayuntamientos las dictan los alcaldes ,pero seria muy interestante tener un criterio igual en toda España,porque crea mucha confusion y se hace un flaco favor al turista con autocaravana que viene no solo de España sino de toda Europa a razon de cientos de miles de personas y se encuentra prohibido por todas partes ,por cierto una pregunta sobre el tema de autocaravanas ¿porque se penaliza una autocaravana con un nuevo impuesto de matriculacion fuera de contesto y exagerado en proporcion a la contaminacion que emite una autocaravana,considerando que este tipo de vehiculo se usa como mucho una media de 60 dias al año,y no siempre circula?Nos gustaria saber su opinion ,cordiales saludos |
RAUL CAMPOS MARIN: Hola, hace tres años tuve esta desagradable experiencia que nos relata Paco, a nosotros y a otras dos AC italianas nos despertaron a la dos de la madrugada en Luarca (Asturias), estabamos bien estacionados todos, no sobresalía ningún elemento del contorno de la AC y el lugar era el adecuado. Se da la circunstancia de que próximo a nosotros en un Renault-5 habían dos personas durmiendo.
Tras el sobresalto de los golpes en la puerta y comprobar que se trataba de la Policía Local bajé del vehículo con toda la documentación, también el D.N.I. (tal como indica Paco Costas), los agentes me hicieron acompañarles a unos 50 m. donde había una señal de prohibido acampar, con el logo de la tienda de campaña.
Les expliqué con buenas maneras que yo no llevaba tienda de campaña, que yo no estaba acampado sino aparcado. Me amenazaron con cortesía con la posibilidad de multarme, les indiqué que podían hacerlo pero que yo no me marchaba, les solicité el nº de agente, les indiqué el Renault-5.
Todos, los agentes y yo nos tomamos mutuamente los datos (EN UN PAPEL)y tras hablar cortesmente con ellos apelando a la falta de hospitalidad que su acto manifestaba, acabaron uno de ellos diciendo que había estado de vacaciones en Xátiva (Valencia) y le habían tratado con mucha hospitalidad. La cosa quedó en eso, yo me fui a dormir y ellos se marcharon. No he recibido denuncia de ningún tipo.
He de decir que mi esposa pasó algo de vergüenza al verme pasear con los agentes en pijama por la avda. del puerto de Luarca, toda una experiencia.
Los italianos, bajaron cabreados de sus AC y dando voces optaron por marcharse y eso pese a que iban con niños pequeños y a esas horas.
Coincido con Paco, hay que mantener la calma y la educación pero mostrarse muy FIRME. |
Arsenio Gutiérrez Labayen: Gracias por la defensa de los derechos a estacionar de los usuarios de las autocaravanas. Está muy bien expuesta la argumentación que hace a favor del derecho a estacionar.
A pesar de ello hay, localizados, 16 ayuntamientos que tienen Ordenanzas Municipales en las que prohiben el estacionamiento de las autocaravanas.En estas poblaciones entre las que se encuentran, por ejemplo, los ayuntamientos de Santander, Salamanca, Sitges, Blanes, etc, mientras no se deroguen estas Ordenanzas los policías municipales pueden obligar a salir de las plaza de estacionamiento so pena de incurrir en desobediencia. |
Javier Perez Villalba: Estoy total mente de acuerdo con el comentario del sr Paco Costas pues tenemos el mismo derecho a APARCAR que cualquier vehículo. Siempre que se aparque sin estorbar el trafico y en los aparcamientos legalmente señalados pues de no ser así ? para que valen los 180 euros que yo pago por el impuesto municipal de mi ayuntamiento ¿ sres dejen de poner tantas trabas a la circulacion de nuestros vehículos que sin sacar ningún elemento de acampada del interior tienen los mismos derechos de aparcar que otros vehículos.
Gracias y feliz navidad |
Lorenzo Ruiz Toribio: Gracias Paco por esos comentarios pero.....y aquí viene la experiencia propia, expresada por un agente de mi Localidad de residencia sobre este mismo tema y en una charla de amigos.
Comentado sobre el punto de referencia que haces a "solicitarle el nº de placa" en un supuesto similar, éste amigo agente, muy campechano y seguro de sí mismo, me respondió que si eso llegase a ocurrir les indicaba que fuesen a Comisaría a solicitarlo sin que tuviera obligación alguna de facilitar dicho nº.
Ahí queda la duda. Es posible que en plan "chulario" nos venga el rambo de turno con ese argumento y nos quedemos "pasmaos" sin saber muy bien si estará en su derecho ó, por el contrario, puede omitir facilitar ese dato basándose en que nos lo pueden facilitar en Comisaría.
Personalmente no me cuadra mucho, ya que quien denuncia ó invita a que abandonemos el lugar no es la Comisaría, (edificio ó instalación), sino él como autoridad pero... |
FRANCISCO FABADO ALFONSO: Querido Tocayo:
Efectivamente yo también lo he sufrido en mi piel levantar el vuelo con la A.C, a las tres de la mañana estando bien aparcado, y utilizar buenas formas hacia los agentes, a pesar de la hora tan intespectiva, pero así y todo con eso me he quede.
¿Que tal seria el enviar una circular a todos los Ayuntamientos?, para su conocimiento y divulgación de las normas vigentes, ya que con los medios de comunicación que existen no seria nada descabellado.
Atentamente. |
giorgio pili: vamos a hacer una critica constructiva ,ya que esta tanto de moda ponernos a nivel de comunidad europea en cuanto a normativas leyes etc ,¿que tal si los dirigentes ,ayuntamientos ,alcaldias ,regidores etc etc. toman ejemplo de la muy cercana francia o italia ,belgica alemania etc donde los pueblos turisitcos (o no)tienen unas zonas esclusiVAS DE PARKING Y ESTACIONAMIENTO QUE SON GRATUITAS ALGUNAS POR 24 HORAS OTRAS HASTA un max de 72 horas ,existen miles de estas areas en toda EUROPA Y FUNCIONAN PERFECTAMENTE BIEN ,TAMBIEN las hay de pago con su guarda de seguridad servicios etc ,nosotros hace 12 años estubimos en una enorme en Roma ,el año pasado en PAris ,en alemania,¡ etc¿que pasa ,que por alunas normativas somos Europeos y por otras no? |
Antonio: Tienes mucha razón. Pero cuidado con las normas. ya que tener una ventanilla abierta se considera acampada. Aqui os dejo un enlace que habla un poco del tema.
http://www.mundocaravana.es/modules.php?name=Content&pa=showpage&pid=58
Saludos |
Arsenio Gutiérrez: En aras a la exactitud debemos conocer que la página que menciona Antonio y algunas otras que tratan la misma información están equivocadas.
No existe ninguna directiva 91/439/XEE, lo que existe es una Directiva 91/439/CEE que trata todos los temas sobre la homologación en los países miembros de los requisitos para obtener el permiso de conducir, sus diferentes clases y regulaciones.
En todo el texto no hay ninguna referencia a "facilitar la circulación y estacionamiento de los vehículos, en sus municipios o núcleos urbanos, de igual o inferior peso de 3.500 Kg. con categoría de turismos.", como se afirma en esa página.
En el caso de que hubiera una Directiva que incluyera ese texto, no afectaría a las autocaravanas pues se trata de dos vehículos diferentes aunque ambos tengan el mismo destino: transportar pasajeros.
El derecho a estacionar de una autocaravana se basa en su condición de vehículo regulado y amparado por las leyes de tráfico vigentes. |
miguel angel rafael gonzalez: Estimados señores:
Poseo un caravana en un aparcamiento en sevilla, me gustaria saber si existe normativas de derechos y obligaciones de caravanistas dentro del recinto del propietario.
Un cordial saludo. |
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